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Publicado: 30 / 11 /2012

El proyecto de Macri para el subte entró a la Legislatura

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El proyecto para financiar el subte ingresó a la Legislatura con la declaración “de servicio público esencial” y la amenaza de denunciar penalmente a trabajadores que decidan adherir a una huelga. También incluye la idea de crear un “Fondo” abonado por “los usuarios”. El fondo habilita subas de impuestos de patentes y peajes y la conformación de un tributo a la compra de combustible.

 El proyecto para financiar el subte ingresó a la Legislatura con la declaración “de servicio público esencial” y la amenaza de denunciar penalmente a trabajadores que decidan adherir a una huelga. También incluye la idea de crear un “Fondo” abonado por “los usuarios”. El fondo habilita subas de impuestos de patentes y peajes y la conformación de un tributo a la compra de combustible.

En un texto compuesto por 80 artículos, el Ejecutivo local incluyó que “en caso de conflictos colectivos que deriven en huelga del personal o de cualquier otro tipo de reclamo colectivo que afecte la prestación del servicio, se deberá garantizar la prestación de servicios mínimos, los cuales no podrán ser inferiores al 90% de los servicios regulares en horas pico y al 60% de los servicios regulares en horas valle”.

La iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo de la Ciudad, encabezado por Mauricio Macri, establece al servicio público de subterráneo como “esencial”, declara la emergencia del servicio por cinco años y prevé que las tarifas del subte sea fijada sin audiencias públicas por la autoridad de aplicación a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE).

Y advierte que “la obstaculización o interferencia de la operación del servicio subte y cualquiera de sus actividades propias o conexas constituye infracción administrativa grave, sin perjuicio de las figuras o tipificación penal que pudieran corresponder”.

Posteriormente, sostiene que “en caso de bloqueo de la prestación del servicio o compulsión a la huelga, o cuando por la fuerza se impida la prestación del servicio público esencial o se atente contra la seguridad del transporte, la concesionaria deberá realizar la denuncia penal correspondiente”. En su artículo 22 incorpora a la ley 451 de la Ciudad, donde está el Régimen de Faltas, un anexo para que “el que cause alarma en cualquiera de las instalaciones afectadas al servicio público esencial de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será sancionado/a con multa de 1.000 a 10.000 Unidades Fijas”, equivalente cada una a 1,66 pesos.






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