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Ciudad reabre los natatorios de los polideportivos públicos

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Publicado: 02 / 08 /2021

Ciudad reabre los natatorios de los polideportivos públicos

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El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reabre desde este martes los natatorios ubicados dentro de polideportivos públicos, informó la Subsecretaría de Deportes de CABA. La capacidad de los mismos será reducida y por turnos online.

El protocolo vigente establece sobre los natatorios al aire libre: “Considerando que la capacidad máxima de un natatorio se calcula teniendo en cuenta la cantidad de personas que simultáneamente hacen uso del recinto de pileta, para determinar el número máximo de personas permitidas (aforo) dentro de las instalaciones de la pileta, se tendrá en cuenta la contabilización del personal administrativo y los profesores, guardavidas, además de los concurrentes y acompañantes en caso de menores, que se encuentren dentro del recinto. Para el cálculo final del aforo se tomará en cuenta: 1 persona cada 4 m2 dentro de la pileta”.

En tanto, se especifica sobre aquellos que sean cerrados: “El cálculo del aforo se tomará en cuenta: 1 persona cada 4 m2 dentro de la pileta y las siguientes consideraciones: El coeficiente de ocupación del aforo del establecimiento será de un máximo del 50% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando el natatorio cuente con 10 renovaciones de aire por hora. Dicha ventilación puede ser natural y/ o a través de sistema de AA central con 100% TAE (toma de aire exterior). En caso de contar con 8 o 9 renovaciones de aire por hora el aforo será de un 25% y, para los casos de 6 y 7 renovaciones, será de un 20%”.

Además, se especifica que sobre el uso de tapabocas: “Son de uso obligatorio los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público, para circular en transporte público o transporte privado cuando haya dos o más personas y para circular y permanecer en el espacio público. Se exceptúa de dicha obligación a las personas que por razones de salud no puedan portar el tapabocas. En esta circunstancia deberá respetarse la distancia interpersonal mínima de 2 mts. La utilización de barbijo o tapabocas será obligatoria en todas las instalaciones a excepción de la pileta”.

También se aclara que “no se permitirá el uso de vestuarios, salvo casos de fuerza mayor o bien cumplir con las siguientes condiciones: 1 persona cada 15 m2, ventilación natural cruzada, un tiempo máximo de 10 minutos y al solo fin de cambiarse la ropa mojada. En ningún caso podrán utilizarse las duchas”.






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